El Gobierno autorizó la posibilidad de reducir las penas de personas condenadas por incumplir el pago de pensiones de alimentos mediante la conmutación de la pena. La medida fue establecida a través del Decreto Supremo 010-2026-JUS y será aplicada por la Comisión de Gracias Presidenciales.
El objetivo es reducir la sobrepoblación penitenciaria y promover el pago de las deudas alimenticias.
La norma dispone que los sentenciados por el delito de omisión de prestación de alimentos podrán acceder a una conmutación de pena si cumplen tres requisitos. Entre ellos, encontrarse en el régimen cerrado ordinario, no registrar más de una condena efectiva ni procesos penales pendientes con mandato de detención y haber cancelado al menos el 70% de la deuda alimenticia fijada por sentencia judicial.
Según el decreto supremo, la medida busca incentivar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y contribuir a disminuir el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios del país.
Además, el dispositivo establece que este régimen especial estará vigente hasta el 30 de setiembre de 2028 y podrá ser aplicado tanto a nuevas solicitudes como a trámites iniciados antes de la entrada en vigor de la norma.
La disposición también precisa que los pagos efectuados antes de la publicación del decreto podrán ser considerados para acceder al beneficio, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
La Comisión de Gracias Presidenciales será la encargada de evaluar cada caso y proponer la conmutación de la pena correspondiente. La medida forma parte de las acciones impulsadas por el Ejecutivo para reducir la población penitenciaria y fortalecer el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias.